Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 23 dic 1983
De las subvenciones que se concedan se deducirá el importe de la entrega a cuenta a que se refiere la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 24/1982, de 2a de diciembre, para subvencionar a los Ayuntamientos el déficit del transporte urbano de superficie.
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eli/es/l/1983/12/21/24#disposicion-adicional-segunda

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