Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO 2
Art. 20
En vigor desde 4 dic 2018
La Generalitat, en el ámbito de sus competencias, adoptará los mecanismos necesarios para que la documentación administrativa y los formularios médicos se adecuen a la heterogeneidad del hecho familiar y a las circunstancias de las personas LGTBI.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2018/11/29/23#art-20