Capítulo CAPÍTULO III
Art. 20
En vigor desde 28 ene 1999
Tienen carácter oficial los resultados de cualquier estadística de interés de la Generalidad desde el momento en que se hagan públicos sus resultados sintéticos, mediante la difusión autorizada en publicaciones o en otros vehículos de amplio alcance de soporte de información.
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Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1998/12/30/23#art-20