Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO XVI

Art. 134

En vigor desde 28 ene 1999
La Guardia Urbana de Barcelona, como policía de autoridad, vela, a partir de las instrucciones generales y las órdenes emanadas de las autoridades municipales, especialmente del Alcalde o Alcaldesa, por el cumplimiento de las ordenanzas, bandos y otras disposiciones municipales.
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eli/es-ct/l/1998/12/30/22#art-134

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