Título TITULO VIII

Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 13 ene 1987
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 21 de la presente Ley, se prorroga para el año 1987 lo dispuesto en la disposición Transitoria tercera de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986.
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eli/es/l/1986/12/23/21#disposicion-transitoria-cuarta

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