Art. Artículo cuarto
En vigor desde 12 jul 1971
Con independencia de lo dispuesto en el artículo anterior, por el Ministerio de Obras Públicas se procederá a la programación de los siguientes estudios y obras:
– Obras a realizar en primera fase por el Consorcio Provincial de Abastecimientos y Saneamientos de Cáceres.
– Ampliación del abastecimiento y saneamiento de Toledo y su polígono industrial, con utilización, si procede, de los recursos del río Algodor, así como los de Talavera de la Reina y Puente del Arzobispo.
– Abastecimiento que será mancomunado en la medida conveniente para una mejor explotación futura de los pueblos afectados por el embalse de Buendía.
– Abastecimiento de las poblaciones afectadas por la traza del acueducto Tajo-Segura.
– Abastecimiento y saneamiento de la ciudad de Albacete.
– Estudio de la construcción del viaducto de cola del embalse de Buendía.
– Terminación urgente de la presa de Tous, en su primera fase.
– Estudio del canal de riego de la margen derecha del Júcar.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1971/06/19/21#articulo-cuarto