Título TÍTULO TERCEROCapítulo CAPÍTULO VI

Art. 23

En vigor desde 29 jun 2024
1. La Comisión de Radiotelevisión Valenciana y del Espacio Audiovisual de Les Corts será quien ejercerá el control de la actuación de la CACVSA y de sus órganos correspondientes. 2. El presidente del Consejo de Administración y el director general comparecerán ante la comisión parlamentaria cuando esta los convoque, a fin de dar cuenta de la información que se les requiriese. 3. El Consejo de Administración remitirá anualmente a Les Corts una memoria sobre el cumplimiento de la función de servicio público, referida al conjunto de sus actividades, programaciones, servicios y emisiones. 4. Se garantizará el acceso a toda la información elaborada, propuesta o aprobada por la CACVSA a los miembros del Consejo de Administración, a la comisión correspondiente de Les Corts y al Consell de la Generalitat, que podrán acceder a toda la documentación que consideren adecuada para poder realizar el control sobre la actuación, así como de los ingresos y gastos de la corporación y sus sociedades.
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eli/es-vc/l/2024/06/27/2#art-23

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