Título TÍTULO III

Art. 10

En vigor desde 24 abr 2024
La Medalla Internacional de la Comunidad de Madrid se otorgará como gesto de cortesía y como reconocimiento y respeto de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid a los representantes de otros países y máximos dignatarios de organismos internacionales y de la Unión Europea, en visita oficial a la Región por su labor institucional.
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eli/es-md/l/2024/04/22/2#art-10

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