Título TÍTULO III

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 19 abr 2024
Se modifica el primer apartado del artículo 39 de la Ley 4/2011, de 31 de marzo, de la buena administración y del buen gobierno de las Illes Balears, que queda con la siguiente redacción: «1. Los miembros del Gobierno y los altos cargos tienen la obligación de formular una declaración patrimonial que abarque la totalidad de sus bienes, derechos y obligaciones, en los términos que reglamentariamente se establezcan, que quedará bajo la responsabilidad del Registro de Transparencia y Control del Patrimonio y de las Actividades de los Cargos Públicos de las Illes Balears.»
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eli/es-ib/l/2024/04/11/2#disposicion-final-segunda

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