Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 29

En vigor desde 30 abr 2021
Las quejas deberán presentarse en el plazo de un año, contado a partir del momento en que se hubiera tenido conocimiento de los hechos o de la determinación del alcance de los efectos que las motivan.
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eli/es-vc/l/2021/03/26/2#art-29

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