Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 9 may 2020
Los diferentes organismos y departamentos de la Generalidad competentes deben crear un programa de protección especial de las zonas productoras de vino periurbanas para evitar la presión urbanística y proteger su continuidad.
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eli/es-ct/l/2020/03/05/2#disposicion-adicional-decima

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