Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 52
En vigor desde 1 may 2012
Sin perjuicio de las competencias de las administraciones competentes en materia de consumo, la audiencia, consulta, representación y participación para la defensa de los derechos e intereses generales de los consumidores corresponde exclusivamente a las organizaciones de consumidores.
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Proeli/es-ga/l/2012/03/28/2#art-52