Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 22 may 2010
Las solicitudes de autorización para la implantación de establecimientos comerciales que tengan una superficie útil para exposición y venta al público inferior a los 2.500 metros cuadrados, presentadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley y pendientes de resolución, se archivarán, comunicándole al solicitante dicha circunstancia sobrevenida.
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Proeli/es-cm/l/2010/05/13/2#disposicion-transitoria-segunda