Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Normas comunes a los derechos de la Hacienda

Art. 26

En vigor desde 29 may 2006
De acuerdo con la legislación vigente el manejo o custodia de fondos o valores de naturaleza pública podrá encomendarse a personas o entidades privadas que deberán prestar garantía en los casos, cuantía y forma que se determine reglamentariamente.
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eli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-26

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