Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Normas comunes a los derechos de la Hacienda
Art. 21
En vigor desde 29 may 2006
1. Constituyen derechos de la Hacienda de la Comunidad los recursos financieros previstos en el Estatuto de Autonomía y cualquier otro que se le atribuya u obtenga.
2. Los derechos de la Hacienda pueden ser de naturaleza pública y de naturaleza privada.
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Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-21