Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Normas comunes a los derechos de la Hacienda
Art. 26
26 / 322En vigor desde 29 may 2006
De acuerdo con la legislación vigente el manejo o custodia de fondos o valores de naturaleza pública podrá encomendarse a personas o entidades privadas que deberán prestar garantía en los casos, cuantía y forma que se determine reglamentariamente.
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Proeli/es-cl/l/2006/05/03/2#art-26