Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 73
En vigor desde 19 jul 2006
El propietario o persona que utilice el agra, en su nombre o por título distinto, y use la parcela o parcelas sin respetar los usos indemnizará por los daños y perjuicios ocasionados.
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Proeli/es-ga/l/2006/06/14/2#art-73