Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO CUARTOSecc. Sección Cuarta. Encomienda de gestión

Art. 151

En vigor desde 19 mar 2003
La encomienda de gestión no supone la cesión de la titularidad de la competencia que se encomienda, correspondiendo a la Comunidad de Madrid la responsabilidad de la gestión encomendada y la adopción de cuantas decisiones deban servir de soporte jurídico a la actividad material que es objeto de encomienda.
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eli/es-md/l/2003/03/11/2#art-151

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