Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 22

En vigor desde 30 may 2002
El Director general estará sometido al régimen de incompatibilidad y de declaración de intereses, actividades y bienes establecido para los altos cargos de la Administración del Principado de Asturias.
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eli/es-as/l/2002/04/12/2#art-22

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