Capítulo CAPÍTULO VSecc. Sección II. Procedimiento electoral

Art. 23

En vigor desde 23 may 1996
1. La Administración electoral tendrá como finalidad garantizar la transparencia y objetividad del proceso electoral, así como la aplicación efectiva del principio de igualdad. 2. Dicha Administración está constituida a los efectos de esta Ley por: La Junta Electoral Central. Las Juntas Electorales Provinciales. Las Mesas Electorales.
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eli/es-ar/l/1996/05/14/2#art-23

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