Título TÍTULO IX›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 67
En vigor desde 3 feb 1995
1. Son infracciones a las reglas del juego, prueba, actividad o competición deportiva, las acciones u omisiones que durante el curso de tales eventos impidan o perturben el normal desarrollo de los mismos.
2. Son infracciones a la conducta deportiva las acciones y omisiones que, sin estar comprendidas en el apartado anterior, contradigan directa o indirectamente las normas generales de carácter deportivo, de forma que perjudiquen el desarrollo normal de las relaciones deportivas.
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Proeli/es-as/l/1994/12/29/2#art-67