Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 74

En vigor desde 4 nov 1993
Las tasas que deriven de los procedimientos administrativos previstos en esta Ley se exigirán de acuerdo con sus normas de creación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1993/07/15/2#art-74

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil