Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1ª. De los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común

Art. 46

En vigor desde 29 nov 2006
1. Son terrenos cinegéticos de aprovechamiento común los que no están sometidos a régimen cinegético especial y los rurales cercados en los que existiendo accesos practicables no ostenten, junto a los mismos, carteles o señales en los cuales se haga patente la prohibición de entrar en ellos, con exclusión de los mencionados en el artículo 44.2 de esta Ley. 2. La condición de terrenos cinegéticos de aprovechamiento común es independiente, en todo caso, del carácter público o privado de su propiedad. 3. En estos terrenos el ejercicio de la caza podrá practicarse sin más limitaciones que las generales fijadas en al presente Ley y en las disposiciones que la desarrollen, así como, en su caso, con las que se contemplan en los apartados siguientes. 4. En los Planes generales para las especies declaradas de interés preferente se podrán establecer limitaciones para el ejercicio de la caza de las mismas en los terrenos cinegéticos de aprovechamiento común, con la finalidad de conservar unos niveles poblacionales mínimos que mantengan en dichos terrenos una regeneración sostenida de las especies en cuestión. 5. Con carácter general se prohíbe practicar la caza en estos terrenos mediante el procedimiento llamado de ojeo, o combinando la acción de dos o más grupos de cazadores o haciendo uso de medios que persigan el cansancio o agotamiento de las piezas. Se exceptúan de esta prohibición la caza de liebre con galgos, las batidas debidamente autorizadas y aquellas modalidades de caza que reglamentariamente se concreten. 6. También se prohíbe con carácter general la caza en terrenos de aprovechamiento común que se encuentren enclavados en terrenos de régimen cinegético especial, cuando la dimensión del enclavado de aprovechamiento común sea inferior a 100 hectáreas. Se añade el apartado 6 por el art. único de la Ley 3/2006, de 19 de octubre. Ref. BOE-A-2007-1118 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cm/l/1993/07/15/2#art-46

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil