Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Utilización de los medios de comunicación de titularidad pública para la campaña electoral
Art. 24
En vigor desde 13 mar 1987
Durante la campaña electoral los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que concurran a las elecciones tendrán derecho a espacios gratuitos de propaganda en los distintos medios de comunicación de titularidad pública que operen en el ámbito regional.
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Proeli/es-mc/l/1987/02/24/2#art-24