Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 3 feb 2010
El departamento competente en materia de servicios sociales debe establecer el contenido del carné y del distintivo de identificación del perro de asistencia que determina el artículo 5.2.
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eli/es-ct/l/2009/11/26/19#disposicion-adicional-primera

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