Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional novena
En vigor desde 20 ene 2021
1. La presente ley se aplica a la actividad económica de las entidades sin ánimo de lucro, las cooperativas, las sociedades laborales, los centros especiales de trabajo y las empresas de inserción, siempre que esta actividad esté sujeta a intervención administrativa y sin perjuicio de la aplicación preferente de la normativa especial o sectorial y de las competencias de los órganos que tienen atribuidas las funciones de registro, supervisión, suplencia y asesoramiento de estas entidades.
2. Los espacios, portales o plataformas electrónicos que los órganos a los que se refiere el apartado 1 pongan a disposición de las entidades sin ánimo de lucro, las cooperativas, las sociedades laborales, los centros especiales de trabajo y las empresas de inserción, así como la Ventanilla Única Empresarial, deben interoperar y facilitar el acceso de las entidades a los respectivos espacios.
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Proeli/es-ct/l/2020/12/28/18#disposicion-adicional-novena