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Art. 213
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En vigor desde 4 ago 2017
1. Corresponde a la Agencia Tributaria de Cataluña convocar y resolver los procesos de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de los cuerpos tributarios que tiene adscritos.
2. La Agencia Tributaria de Cataluña debe diseñar, en colaboración con los órganos con atribuciones en materia de formación del departamento al que está adscrita, el plan anual de formación de su personal y puede firmar convenios con otras entidades con este objeto.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2017-90436#art-213-3