Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IX

Art. 106

En vigor desde 25 ene 2008
1. La Administración educativa organizará periódicamente pruebas para la obtención de las siguientes titulaciones: a) Pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para las personas mayores de dieciocho años. b) Pruebas para la obtención del título de Bachiller para las personas mayores de veinte años. c) Pruebas para la obtención del título de Técnico para las personas mayores de dieciocho años. d) Pruebas para la obtención del título de Técnico Superior para las personas mayores de veinte años o, en su caso, diecinueve para aquellos que estén en posesión del título de Técnico. 2. Asimismo, se organizarán pruebas para acceder a las enseñanzas artísticas superiores para las personas mayores de diecinueve años. 3. Los requisitos de edad recogidos en los apartados anteriores se entenderán referidos al 31 de diciembre del año de realización de las pruebas.
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eli/es-an/l/2007/12/10/17#art-106

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