Título TÍTULO III

Art. Disposición final tercera

En vigor desde 28 may 2003
En el plazo de tres meses el Gobierno regulará el nuevo régimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales adecuado a los principios y conceptos retributivos recogidos en esta ley y en sus anexos.
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eli/es/l/2003/05/26/15#disposicion-final-tercera

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