Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 28 dic 2022
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la misma, y, de forma expresa, las siguientes normas: a) La Ley 7/2005, 30 de junio, de Juventud de La Rioja. b) La Ley 2/1986, de 5 de marzo, del Consejo de la Juventud de La Rioja. 2. Las referencias contenidas en normas vigentes a las disposiciones que se derogan expresamente deberán entenderse efectuadas a las disposiciones de esta ley que regulan la misma materia que aquellas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2022/12/23/14#disposicion-derogatoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil