Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 28 dic 2022
1. Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en la misma, y, de forma expresa, las siguientes normas:
a) La Ley 7/2005, 30 de junio, de Juventud de La Rioja.
b) La Ley 2/1986, de 5 de marzo, del Consejo de la Juventud de La Rioja.
2. Las referencias contenidas en normas vigentes a las disposiciones que se derogan expresamente deberán entenderse efectuadas a las disposiciones de esta ley que regulan la misma materia que aquellas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2022/12/23/14#disposicion-derogatoria-unica