Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 49
En vigor desde 28 dic 2022
La participación juvenil es la intervención de las personas jóvenes en la definición de los objetivos y medios y en la toma de decisiones para incidir en su entorno posibilitando su desarrollo personal y social, generando procesos de interacción o relación con los diferentes actores que deben acometer la implementación de las políticas públicas de juventud.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/2022/12/23/14#art-49