Art. 21

En vigor desde 15 sept 2017
1. La Administración de la Generalidad es la responsable de la resolución del derecho a la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía. Pueden participar en la tramitación, gestión, ejecución y seguimiento de los planes de inserción laboral e inclusión social las administraciones locales y las entidades del tercer sector, debidamente acreditadas, de acuerdo con lo establecido por reglamento. 2. La Generalidad, mediante departamento competente en materia de prestaciones sociales, tiene la responsabilidad de resolver la solicitud presentada y, en su caso, pagar la prestación a los titulares de los expedientes. 3. Las administraciones y organizaciones afectadas deben establecer los oportunos mecanismos de coordinación, así como los criterios comunes de actuación necesarios para la efectividad de la presente ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2017/07/20/14#art-21

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil