Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Servicios sociales de atención especializada
Art. 21
En vigor desde 4 may 2015
1. La red de servicios sociales de atención especializada está integrada por centros, servicios y/o unidades, dotados de equipos multidisciplinares que están orientados a dar una respuesta especializada a las necesidades sociales dentro de su ámbito competencial.
2. Las funciones, estructura física y medios necesarios para la adecuada prestación de estos servicios de atención especializada se establecerán reglamentariamente.
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Proeli/es-ex/l/2015/04/09/14#art-21