Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 7.ª De las cartas de porte marítimo

Art. 269

En vigor desde 25 sept 2014
La carta de porte marítimo deberá contener las menciones establecidas para el conocimiento de embarque, así como una indicación expresa de su carácter no negociable.
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eli/es/l/2014/07/24/14#art-269

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