Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 7.ª De las cartas de porte marítimo

Art. 270

En vigor desde 25 sept 2014
A las cartas de porte marítimo se aplicarán las normas sobre la fuerza probatoria del conocimiento de embarque y sobre la posibilidad de insertar reservas.
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eli/es/l/2014/07/24/14#art-270

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