Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 4.ª Establecimientos de alojamiento en la modalidad de camping
Art. 39
En vigor desde 1 ene 2016
En los términos establecidos reglamentariamente, y en función de las instalaciones, equipamiento y servicios ofertados, entre otros aspectos, los campings se clasificarán en cinco categorías.
Se modifica por la disposición final 9 de la Ley 7/2015, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1884
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2010/12/09/14#art-39