Art. 9
En vigor desde 18 dic 2007
1. El presidente o presidenta es elegido por la Junta de Gobierno de entre los miembros designados por el Pleno del Parlamento.
2. Las funciones del presidente o presidenta son:
a) Representar al Instituto Catalán Internacional por la Paz y coordinar su gobierno y administración.
b) Convocar y presidir las sesiones de la Junta de Gobierno, y resolver los empates de las votaciones con su voto de calidad.
c) Cualquier otra función que le encomienden el reglamento orgánico y demás normas de organización y funcionamiento.
3. El cargo de presidente o presidenta no puede ser ejercido por más de dos mandatos consecutivos.
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Proeli/es-ct/l/2007/12/05/14#art-9