Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 21

En vigor desde 21 jul 2003
1. Con el objetivo de emitir informes sobre los reglamentos de las marcas de calidad alimentaria, se crea la Comisión Catalana de la Marca de Calidad Alimentaria. En dicha Comisión deben estar representadas las organizaciones profesionales agrarias más representativas, los consumidores y los especialistas reconocidos en la materia, los organismos de certificación y los representantes de la Administración. 2. Las funciones, el funcionamiento y los integrantes de la Comisión Catalana de la Marca de Calidad Alimentaria han de establecerse por reglamento.
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eli/es-ct/l/2003/06/13/14#art-21

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