Título TÍTULO VIII

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 5 nov 2014
Mientras no se aprueben las disposiciones reglamentarias para el desarrollo de la presente ley, continúan vigentes, en todo aquello que no se oponga a esta, el Decreto 135/1995, de 24 de marzo, de desarrollo de la Ley 20/1991, de 25 de noviembre, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas, y de aprobación del Código de accesibilidad, y el Decreto 97/2002, de 5 de marzo, sobre la tarjeta de aparcamiento para personas con disminución y otras medidas dirigidas a facilitar el desplazamiento de las personas con movilidad reducida.
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eli/es-ct/l/2014/10/30/13#disposicion-transitoria-primera

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