Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 21

En vigor desde 21 dic 2010
1. La Red de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León es el conjunto de centros y servicios destinados a la atención integral de las mujeres víctimas de alguna de las formas de violencia de género previstas en esta ley, así como de las personas de ellas dependientes, menores o mayores. 2. El acceso a los recursos que integran la Red de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León será objeto de desarrollo normativo.
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eli/es-cl/l/2010/12/09/13#art-21

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