Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 21
21 / 56En vigor desde 21 dic 2010
1. La Red de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León es el conjunto de centros y servicios destinados a la atención integral de las mujeres víctimas de alguna de las formas de violencia de género previstas en esta ley, así como de las personas de ellas dependientes, menores o mayores.
2. El acceso a los recursos que integran la Red de Atención a las mujeres víctimas de violencia de género de Castilla y León será objeto de desarrollo normativo.
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Proeli/es-cl/l/2010/12/09/13#art-21