Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 3 ene 2003
El régimen sancionador regulado por el título VI se aplica a la tramitación y la resolución de los procedimientos sancionadores que se inicien después de la entrada en vigor de la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2002/06/21/13#disposicion-transitoria-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil