Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
En vigor desde 3 ene 2003
En el plazo máximo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno ha de presentar un proyecto de ley de creación y regulación de la agencia Cataluña Turismo.
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Proeli/es-ct/l/2002/06/21/13#disposicion-final-primera