Capítulo Capítulo III
Art. 17
En vigor desde 3 jun 1994
Los órganos rectores del Banco de España serán:
1. El Gobernador.
2. El Subgobernador.
3. El Consejo de Gobierno.
4. La Comisión Ejecutiva.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/06/01/13#art-17