Título TÍTULO IX›Secc. Sección primera. Movilidad y barreras arquitectónicas
Art. Artículo sesenta
En vigor desde 20 may 1982
Por los Ayuntamientos se adoptarán las medidas adecuadas para facilitar el estacionamiento de los vehículos automóviles pertenecientes a los minusválidos con problemas graves de movilidad.
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Proeli/es/l/1982/04/07/13#articulo-sesenta