Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional décima

En vigor desde 24 dic 2018
Las Administraciones Públicas y las entidades privadas concernidas por la obligación establecida en el apartado 3 del artículo 18 de esta Ley dispondrán de un plazo máximo de diez años para cumplir las previsiones contenidas en el mismo.
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eli/es-as/l/2018/11/23/12#disposicion-adicional-decima

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