Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 139
En vigor desde 24 dic 2018
Se aplicarán a los transportes y actividades a los que se refiere este Capítulo las especialidades del procedimiento sancionador previstas en la legislación del Principado de Asturias.
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Proeli/es-as/l/2018/11/23/12#art-139