Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 100

En vigor desde 24 dic 2018
Los transportes ferroviarios que regula la presente Ley están sujetos a la normativa de la Unión Europea sobre los servicios públicos de transporte de viajeros por ferrocarril. En lo no previsto por las normativas europea y autonómica se aplicará, supletoriamente, la normativa ferroviaria estatal.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-as/l/2018/11/23/12#art-100

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil