Capítulo CAPÍTULO II

Art. 15

En vigor desde 1 nov 2014
La base liquidable del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria se obtiene de reducir la base imponible de cada tipo de contaminante en los siguientes importes: a) Dióxido de azufre: 150 toneladas anuales. b) Óxidos de nitrógeno: 100 toneladas anuales. c) Partículas: 50 toneladas anuales. d) Carbono orgánico total: 150 toneladas anuales.
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eli/es-ct/l/2014/10/10/12#art-15

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