Título TÍTULO XIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional sexta

En vigor desde 17 jul 2009
El Departamento debe identificar periódicamente, previo informe del Consejo Escolar de Cataluña, los supuestos que comportan necesidades educativas específicas.
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eli/es-ct/l/2009/07/10/12#disposicion-adicional-sexta

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